
¿Por qué es importante celebrar Contratos Arrendamiento?
Una pregunta muy importante que se hacen los propietarios de inmuebles al momento de rentar su propiedad es: ¿Qué debe contener un contrato de arrendamiento?
La respuesta a esta interrogante se encuentra regulada en el Código Civil de cada entidad federativa, puesto que cada contrato debe contener elementos mínimos que se encuentran establecidos en distintos ordenamientos legales.
Sin embargo, es importante que cada contrato contenga 3 elementos generales:
- Proemio o nombre del contrato.
- Declaraciones generales de las partes y del inmueble.
- Cláusulas.
Dentro del primer elemento se señalará el tipo de contrato, esto es, un arrendamiento.
Como segundo aspecto las declaraciones deben contener los datos generales de las partes: nombre, domicilio, teléfono, credencial con la que se identifica e información para indentificar el inmueble, etc.
El clausulado de un contrato es una parte muy importante, puesto que en ella se especifican los elementos mediante los cuales los contratantes se obligaran durante la vigencia del arrendamiento, por lo que es importante puntualizar los términos y condiciones a los que se obligan, tales como:
- Identificación del bien inmueble.
- Precio de la renta.
- Forma de pago (transferencia, cheque o efectivo).
- Fecha de pago.
- Lugar de pago.
- Señalar si incluye cuotas de mantenimiento o servicios (agua, luz, teléfono, gas, etc.)
- Vigencia del contrato.
- Señalar si la propiedad será destinada solamente a casa habitación o uso comercial.
- Identificar los espacios de estacionamiento.
- Prohibición para subarrendar a otras personas.
- Monto de depósito en garantía.
El principio de libertad contractual permite que las partes puedan llevar a cabo la redacción de los contratos como lo decidan, sin que existan formalismos específicos, pero el Código Civil de cada entidad marca los requisitos mínimos que deben contener, así como derechos y obligaciones de cada uno.
Es importante que al elaborar un documento con alcance jurídico sea realizado por un profesional, puesto que es un traje a la medida que debe contener elementos predeterminados para cada caso en concreto y especificaciones que los propietarios o inquilinos pretenden señalar.
Ahora bien, en muchos ocasiones las partes omiten celebrar contratos de arrendamiento, sin embargo, el Código Civil establece la existencia de contratos verbales, pero representan un riesgo, debido a que nunca queda claro ni plasmado en un instrumento los términos y condiciones, es decir, que precio se pacto, duración del contrato, obligaciones del arrendador y arrendatario.
Existen distintos riesgos en caso de no celebrar un contrato por escrito como son:
- El inquilino pueda manifestar que el arrendamiento es por un tiempo definido.
- El inquilino pueda demandar una prescripción positiva y pueda adquirir la propiedad del inmueble por el transcurso del tiempo (5 años viviendo en el mismo lugar).
- Pérdida del patrimonio por la comisión de delitos dentro de la propiedad (es importante plasmar cláusulas relativas a la extinción de dominio).
- Imposibilidad de cobro del precio real de la renta.
La manera idónea de poder mitigar los riesgos en un arrendamiento es poder fijar todas las posibles hipótesis que pudieran ocurrir antes de un conflicto.